Presentación
El Consejo de Consumidores y Usuarios está integrado por:
- El Presidente.
- El Vicepresidente.
- Un máximo de quince vocales en representación de las asociaciones y cooperativas de consumidores y usuarios de ámbito estatal.
- El Secretario, que será nombrado entre los funcionarios de la Dirección General de Consumo.
El Presidente
El Presidente será designado por los vocales del Consejo por mayoría de dos tercios de sus miembros, entre presonalidades de reconocido prestigio en la defensa de los consumidores y usuarios, a propuesta del responsable del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Sus funciones son:
- Ostentar la representación del Consejo de Consumidores y Usuarios.
- Acordar la convocatoria de las sesiones, fijando el orden del día, teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los demás vocales.
- Presidir las sesiones, dirimiendo con su voto los empates que se produzcan, a efectos de la adopción de acuerdos y
- Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente del Consejo o le estén atribuidas por la normativa vigente.
El Vicepresidente
El Vicepresidente será elegido por y entre los vocales del Consejo, por mayoría de dos tercios de sus miembros.
El Vicepresidente sustituirá al Presidente en casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legalmente establecida, y realizará todas aquellas funciones que le sean encomendadas por el Presidente o por el Pleno del Consejo para la gestión, organización y buen funcionamiento del mismo.
El Secretario
El Secretario del Consejo desempeñará las siguientes funciones:
- Convocar las sesiones por orden del Presidente, y remitir las citaciones a los miembros del Consejo.
- Recibir los actos de comunicación de los miembros con el Consejo, y, por tanto, las notificaciones, peticiones de datos, rectificaciones o cualquier otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento.
- Preparar el despacho de los asuntos, redactar y autorizar las actas de las sesiones, así como expedir certificaciones de las consultas, dictámenes y acuerdos aprobados.
- Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario o le estén atribuidas por la normativa vigente.